La Universidad de Tijuana pone a disposición este espacio para la difusión de fichas de búsqueda oficiales emitidas por la Comisión Nacional de Búsqueda, la Comisión Estatal de Búsqueda de Baja California y otras instancias autorizadas. Una acción humanitaria, en apego al artículo 2, fracción I Bis, de la Ley General en materia de Desaparición.
Difundir es buscar. Si reconoces a alguna persona, comunícate inmediatamente con la autoridad indicada en cada ficha.
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La desaparición de personas representa una grave vulneración a los derechos humaños, en particular al derecho a la libertad personal, a la seguridad y al reconocimiento de la personalidad jurídica. Esta situación constituye un reto permanente para las autoridades y para la sociedad en su conjunto, por lo que requiere acciónes coordinadas que contribuyan a la localización oportuna de personas reportadas como desaparecidas o no localizadas.
En este contexto, la Universidad de Tijuana, como institución comprometida con su entorno social y en apego a su responsabilidad instituciónal, informa que la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas establece, en su artículo 2, fracción I Bis, la Alerta Nacional de Búsqueda, Localización e Identificación, la cual debe activarse en todo el país ante el reporte, noticia o denuncia de una persona desaparecida o no localizada, con el propósito de fortalecer la coordinación entre autoridades federales, estatales y diversos actores sociales para su búsqueda.
En apego a lo anterior, la Universidad pone a disposición este espacio para la publicación de fichas de búsqueda oficiales proporcionadas por la Comisión Nacional de Búsqueda, la Comisión Estatal de Búsqueda de Baja California u otras instancias autorizadas, como una acción de apoyo instituciónal y en ejercicio de su compromiso con los derechos humaños, sin que ello implique funciones de investigación, verificación o seguimiento de los casos.
La información contenida en las fichas de búsqueda es de carácter oficial y se publica exclusivamente con fines humanitarios. Su difusión no implica tratamiento de datos personales por parte de esta institución, sino la reproducción de material previamente validado y autorizado por la autoridad competente. Cualquier información relacionada con las personas reportadas deberá comunicarse exclusivamente a las autoridades señaladas en cada ficha, a través de los canales oficiales establecidos.
Si una persona cercana ha desaparecido, denuncia inmediatamente ante el Ministerio Público o la Fiscalía Especializada en Personas Desaparecidas. La denuncia puede presentarse sin esperar 72 horas.